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Actualizado en diciembre de 2017
Lea esta publicación si usted quiere saber…
Cuando los niños tienen problemas o dificultades en sus estudios, es muy importante averiguar el porqué.
Puede ser que una discapacidad esté afectando el rendimiento educativo de su hijo. Si es así, su hijo puede ser elegible para ayudas a través de la educación especial y los servicios relacionados. Para aprender más sobre la educación especial sigue leyendo. Esta publicación le va a explicar cómo usted y la escuela pueden trabajar juntos para ayudar a su hijo.
Como primer paso y antes de referir a su hijo para una evaluación para la educación especial, la escuela probablemente tendrá que probar intervenciones suficientes y modificar las prácticas de enseñanza en el aula de educación regular.
La educación especial es instrucción especialmente diseñada para cumplir con las necesidades únicas de los niños que tienen discapacidades. Esto se hace en las escuelas públicas sin ningún costo para los padres.
La educación especial puede incluir instrucción especial conducida en la sala de clases, en el hogar, en los hospitales e instituciones, o en otros ambientes. Esta definición de la educación especial viene del Acta para la Educación de Individuos con Discapacidades (IDEA, por sus siglas en inglés). Esta ley otorga a los niños elegibles con discapacidades el derecho de recibir asistencia y servicios especiales en la escuela.
Más de 6.8 millones de niños entre los 3 y 21 años de edad reciben servicios de educación especial y servicios relacionados cada año en los Estados Unidos. Cada uno de estos niños recibe instrucción especialmente diseñada:
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Servicios Para Niños Muy Jóvenes
Los infantes y niños muy jóvenes también pueden tener discapacidades. Los servicios para estos niños muy jóvenes también forman parte de IDEA. Estos servicios se llaman servicios de intervención temprana y son para niños desde el nacimiento hasta el tercer cumpleaños. Estos servicios pueden ser muy importantes en ayudar al niño joven a desarrollarse y aprender.
Para mayor información sobre programas de intervención temprana, visite Ayuda para los Bebés Hasta Su Tercer Cumpleaños.
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Los niños con discapacidades son elegibles para recibir servicios de educación especial y servicios relacionados cuando cumplen con la definición de un “niño con una discapacidad” bajo IDEA.
Esta ley enumera 13 categorías diferentes de discapacidades bajo las cuales un niño puede ser elegible para recibir servicios de educación especial y servicios relacionados. Estas categorías son:
Autismo
Discapacidad específica del aprendizaje
Discapacidad intelectual (antes conocido como retraso mental)
Discapacidades múltiples
Impedimento auditivo
Impedimento ortopédico
Impedimento visual (incluyendo la ceguera)
Lesión cerebral traumática
Otro impedimento de la salud (incluyendo Trastorno por déficit de atención/hiperactividad)
Impedimento del habla o lenguaje
Sordera
Sordo-ciego
Trastorno emocional
Para más información sobre de estas discapacidades y cómo IDEA las define, lea nuestra publicación Categorías de Discapacidad bajo IDEA.
Los estados y los distritos escolares tienen que seguir las definiciones de la ley IDEA, pero también pueden agregar detalles que les ayudarán a tomar decisiones sobre la elegibilidad de los niños. Por esta razón, es muy importante que usted conozca las políticas estatales y locales.
El primer paso es averiguar si su niño tiene una discapacidad. Para hacer ésto, llame o escríbale al Director de Educación Especial o al director de la escuela de su niño. En su carta o correo electrónico (o cuando hable con el director), describe sus preocupaciones con el rendimiento educativo de su niño y pida que la escuela realice una evaluación de su niño bajo IDEA lo antes posible.
Es posible que la escuela pública también tenga preocupaciones en cuanto al desarrollo y aprendizaje de su niño. Si la escuela también piensa que su niño podría tener una discapacidad, entonces la escuela debe evaluar a su niño sin ningún costo a usted.
La escuela tiene que pedir su permiso y recibir su consentimiento por escrito antes de poder evaluar a su niño. Una vez que usted dé su consentimiento, la evaluación debe llevarse a cabo dentro de 60 días (o dentro del plazo de tiempo que el estado ha establecido).
Sin embargo, la escuela no tiene que evaluar a su niño simplemente porque usted lo ha solicitado. Es posible que la escuela piense que su niño no tiene una discapacidad y tampoco necesita educación especial. En este caso, la escuela puede negarse a evaluar a su niño.
La escuela debe informarle acerca de su decisión por escrito, al igual que la razón por la cual se ha negado. Esto se llama darle notificación previa por escrito. Para más información sobre la notificación previa por escrito, vea Derecho a Recibir una Notificación Previa por Escrito.
Si la escuela se niega a evaluar a su niño, hay dos cosas que usted puede hacer de inmediato:
Solicitar información del sistema escolar sobre sus políticas de educación especial, al igual que los derechos de los padres de no estar de acuerdo con las decisiones tomadas por el sistema escolar. Estos materiales deben describir los pasos que los padres pueden tomar para desafiar la decisión del sistema escolar.
Comunicarse con el Centro de Capacitación e Información para Padres (“Parent Training and Information Center,” o PTI) en su estado. El PTI es un excelente recurso para que los padres aprendan más acerca de la educación especial, sus derechos y responsabilidades, y la ley. El PTI puede decirle cuáles pasos debe tomar para encontrar ayuda para su niño.
Para identificar el PTI en su estado
Visite la página Find Your Parent Center.
La evaluación de su niño significa más que una o dos pruebas que la escuela le da a su niño. La escuela debe evaluar a su niño en todas las áreas donde su niño puede ser afectado por la posible discapacidad. Esto podría incluir áreas como la salud de su niño, su visión, audición, bienestar social y emocional, inteligencia general, rendimiento en la escuela, cuán bien se comunica con los demás, y cómo utiliza su cuerpo.
La evaluación debe ser lo suficientemente completa e individual (sólo su niño) como para
El proceso de evaluación requiere varios pasos, descritos abajo.
Revisar la información actual
Un equipo de personas, incluyendo usted mismo como padre, comienza por mirar la información que la escuela ya tiene acerca de su niño. Es posible que usted tenga información sobre su niño que desee compartir. El grupo estudiará información como:
Decidir si es necesario obtener aún más información
La información coleccionada más arriba ayudará al grupo a decidir:
Si el grupo necesita más información para tomar estas decisiones, la escuela debe coleccionarla.
Coleccionar más información sobre su niño
Antes de que la escuela pueda coleccionar más información sobre su niño, se requiere su consentimiento por escrito. Debe también describir cómo coleccionará esta información. Esto incluye describir las pruebas que serán usadas y las otras maneras en que la escuela coleccionará la información sobre su niño.
Después de que usted proporcione su consentimiento informado por escrito, la escuela procederá como se ha descrito. La información coleccionada dará al equipo de evaluación la información que necesita para tomar las decisiones enumeradas arriba.
La escuela colecciona información sobre su niño de muchas personas diferentes y de muchas maneras. Las pruebas son una parte importante de la evaluación, pero forman sólo una parte de ella. La evaluación debe también incluir:
Personas involucradas
Las siguientes personas formarán parte del grupo de evaluación de su niño:
Usted(es), como padre(s);
Por lo menos un maestro de educación regular de su niño, si su niño está participando o va a participar en el ambiente de educación regular;
Por lo menos un maestro de educación especial de su niño o un proveedor de servicios de educación especial de su niño;
Un administrador escolar que conozca las políticas de la educación especial, los niños con discapacidades, el currículo educativo general (el currículo usado por alumnos sin discapacidades) y los recursos disponibles;
Alguien que pueda interpretar los resultados de la evaluación y hablar sobre la instrucción que puede ser necesaria para su niño;
Individuos (invitados por usted o la escuela) que tienen conocimiento o pericia especial sobre su niño;
Su niño, si es apropiado;
Representantes de cualquier otra agencia que pueda ser responsable de pagar o proporcionar servicios de transición (si su niño tiene 16 años o, si es apropiado, es menor y comenzará a planificar para la vida después de la escuela secundaria); y
Otros profesionales calificados.
Estos “otros profesionales calificados” pueden ser responsables de coleccionar información específica acerca de su niño. Ellos pueden incluir:
Estos profesionales observarán a su niño. Ellos podrían darle pruebas escritas o hablar personalmente con su niño. Ellos están tratando de obtener una visión del “niño completo.” Por ejemplo, querrán comprender:
Otros requisitos para la evaluación
IDEA nos proporciona claras instrucciones sobre cómo las escuelas deben conducir evaluaciones. Por ejemplo, las pruebas y entrevistas deben ser proporcionadas a su niño/a en el idioma o la forma en la cual él o ella se comunica típicamente (por ejemplo, en español o el lenguaje de señas), de manera que sea más probable obtener información precisa sobre lo que su niño sabe y puede hacer académicamente y en términos de su desarrollo y función. Estas pruebas deben ser proporcionadas además en una manera que no discrimine contra su niño porque él o ella tiene una discapacidad o tiene antecedentes raciales o culturales diferentes.
IDEA manifiesta que las escuelas no pueden determinar la elegibilidad de un niño para la educación especial basándose en los resultados de sólo un procedimiento como, por ejemplo, una prueba o una observación. Más de una prueba o un método de evaluación es necesario para ver dónde su niño puede tener dificultades y para identificar sus potencialidades y necesidades.
En algunos casos, las escuelas podrán conducir la evaluación completa del niño dentro de la escuela. En otros casos, las escuelas posiblemente no tengan el personal para realizar toda la evaluación necesaria. Estas escuelas deberán contratar gente o agencias de afuera para conducir parte de o toda la evaluación. Si su niño es evaluado fuera de la escuela, la escuela debe hacer los arreglos. La escuela dirá por escrito exactamente qué tipo de pruebas deben ser realizadas. Todos estos procedimientos de evaluación son llevados a cabo sin ningún costo para los padres.
En algunos casos, una vez que la evaluación haya comenzado, el especialista de afuera puede querer más pruebas. Si el especialista le pregunta si está bien que le haga más pruebas, asegúrese de decirle que se comunique con la escuela. Si las pruebas van más allá de lo que la escuela solicitó originalmente, la escuela debe estar de acuerdo para pagar por las pruebas adicionales.
La información que se junta en la evaluación será usada para tomar decisiones importantes acerca de la educación de su niño. Toda la información sobre su niño será usada:
Como hemos mencionado, se basa la decisión sobre la elegibilidad de su niño para recibir servicios en que:
Se toma esta decisión cuando la evaluación haya sido completada y los resultados se den a conocer.
Los padres son miembros del grupo que decide la elegibilidad del niño para servicios de educación especial. Este grupo estudiará toda la información reunida durante la evaluación y decidirá si su niño cumple con la definición de un “niño con una discapacidad” bajo IDEA y bajo las políticas de su estado o distrito. Si es así, su hijo será elegible para recibir educación especial y servicios relacionados.
Bajo IDEA, un niño no puede ser elegible para recibir servicios si la razón determinante para pensar que el niño es elegible es que:
Si su niño es elegible, usted y la escuela trabajarán juntos para diseñar un programa educativo individualizado para su niño. Se describe ese proceso en detalle en la Parte III de esta publicación.
Documentación
Como padre, usted tiene el derecho de recibir una copia del informe sobre la evaluación de su niño y el papeleo sobre su elegibilidad para recibir servicios de educación especial y servicios relacionados. La documentación debe ser proporcionada sin ningún costo a usted.
¿Necesita usted un intérprete para poder participar completamente?
Si usted tiene un dominio limitado del inglés y necesita comunicarse en español para entender y ser entendido, entonces la escuela debe hacer esfuerzos razonables para que un intérprete esté presente durante las reuniones sobre la participación de su niño en la educación especial—tales como reuniones para discutir la evaluación de su niño y su elegibilidad para la educación especial.
Para las reuniones sobre el desarrollo o revisión del Programa Educativo Individualizado (“Individualized Education Program,” o IEP), la escuela debe tomar cualquier acción que sea necesaria para asegurar que usted entiende los procedimientos de la reunión del Equipo del IEP, incluyendo hacer arreglos para un intérprete. Esta provisión debe ayudar a asegurar que usted no se vea limitado en su habilidad para participar en la educación de su niño por causa de barreras del idioma.
Por lo tanto, si usted necesita un intérprete durante una reunión para discutir la evaluación de su niño, su elegibilidad para la educación especial, o su IEP, asegúrese de que la escuela lo sepa de antemano. Si usted le avisa antes, la escuela puede hacer arreglos para un intérprete para que usted pueda participar completamente en la reunión.
Si el grupo de elegibilidad decide que su niño no es elegible para recibir servicios de educación especial, el sistema escolar debe decirle ésto por escrito y explicarle por que su niño ha sido determinado “no elegible.” Bajo IDEA, usted debe recibir información sobre lo que usted puede hacer si no está de acuerdo con esta decisión.
Lea la información que el sistema escolar le dé. Asegúrese que ésta incluya información sobre cómo desafiar la decisión del sistema escolar. Si aquella información no está en los materiales que la escuela le da, solicítela. La ley IDEA incluye muchos mecanismos para resolver desacuerdos, incluyendo la medicación. La escuela tiene la obligación de informarle sobre estos mecanismos y cómo usarlos.
Comuníquese además con el Centro de Capacitación e Información para Padres (“Parent Training and Information Center,” o PTI). El PTI le puede decir qué pasos debe tomar. La información de contacto del PTI se encuentra en Find Your Parent Center.
Si su hijo es elegible para la educación especial y usted no está de acuerdo con la decisión, o si usted no quiere que su hijo reciba servicios de educación especial, usted tiene el derecho de negar la educación especial para su hijo. La escuela sólo puede proporcionar servicios de educación especial y servicios relacionados para su hijo si usted está de acuerdo. También, usted puede cancelar los servicios de educación especial para su hijo en cualquier momento.
Sin embargo, es muy importante notar que si usted decide negar o cancelar los servicios de educación especial y después cambia de opinión, el proceso de evaluación se tendrá que repetir.
Los derechos de los padres bajo IDEA
Para información sobre sus derechos como padre bajo IDEA, visite esta sección de nuestro sitio:
http://www.parentcenterhub.org/derechos/
El siguiente paso será de escribir lo que se conoce como el Programa Educativo Individualizado—generalmente llamado un IEP (por sus siglas en inglés, “Individualized Education Program”). Después de que se determina que el niño es elegible para servicios, debe realizarse una reunión dentro de 30 días para desarrollar el IEP.
Un Programa Educativo Individualizado (IEP) es una manifestación escrita del programa educacional diseñado para cumplir con las necesidades individuales del niño. Cada niño que recibe educación especial y servicios relacionados bajo IDEA debe tener un IEP.
El IEP de su niño tiene dos propósitos generales:
De acuerdo con IDEA, el IEP de su niño debe incluir manifestaciones específicas sobre su niño. Estas están enumeradas abajo. Tome un momento para leer la lista. Esta es la información que será incluida en el IEP de su niño.
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Contenido del IEP
El IEP de su niño contiene las siguientes manifestaciones:
Niveles actuales de logros académicos y desempeño funcional. Esta manifestación describe cómo le va a su niño actualmente en la escuela. Esto incluye cómo la discapacidad de su niño afecta su participación y progreso en el currículo educativo general.
Metas anuales. El IEP debe establecer las metas anuales de su niño—en otras palabras lo que usted y el equipo escolar piensan que él o ella puede lograr razonablemente en un año. Las metas deben relacionarse a cumplir las necesidades que resultan de la discapacidad de su niño. Ellas deben ayudarle a participar y progresar en el currículo educativo general.
Servicios de educación especial y servicios relacionados a ser proporcionados. El IEP debe enumerar los servicios de educación especial y servicios relacionados a ser proporcionados a su niño. Esto incluye las ayudas y servicios suplementarios (p.ej., asiento preferencial en la clase, sistema de comunicación aumentativo, un tutor individual) que puede aumentar el acceso de su hijo a aprender y participar en actividades de la escuela. También incluye cambios al programa o apoyos para el personal escolar que serán proporcionados para su niño.
Participación con niños sin discapacidades. El IEP debe incluir una explicación que responde a esta pregunta: ¿Durante qué parte del día escolar será educado separadamente su niño, o no podrá participar en actividades extraescolares o no académicas con los niños sin discapacidades tales como el almuerzo o clubs?
Fechas y ubicación. El IEP debe declarar (a) cuándo comenzarán los servicios y modificaciones; (b) cuán seguido serán proporcionados; (c) dónde serán proporcionados; y (d) por cuánto tiempo serán proporcionados.
Participación en pruebas estatales y a través del distrito. Su estado y distrito probablemente darán pruebas de logros estudiantiles a los niños en ciertos cursos o grupos de edad. Para participar en esas pruebas, su niño puede necesitar modificaciones individuales o cambios en cómo son administradas las pruebas. El Equipo del IEP debe decidir cuáles modificaciones necesita su niño y enumerarlas en el IEP.
Si su niño no tomará las pruebas, el IEP debe incluir una declaración para explicar (a) la razón por la cual tales pruebas no son apropiadas para su niño, (b) cómo su niño será evaluado como alternativa; y (c) por qué esa prueba alternativa es apropiada para su niño.
Metas y servicios en cuanto a transición. No más tarde de cuando su niño tenga 16 años, el IEP debe incluir metas postsecundarias medibles relacionadas a entrenamiento, educación, empleo y (cuando sea apropiado) destrezas de vida independiente. Se deben incluir los servicios de transición (incluyendo lo que su hijo debe estudiar) que su niño necesitará para poder alcanzar las metas de transición establecidas.
Evaluación del progreso. El IEP debe manifestar cómo la escuela evaluará el progreso de su niño hacia las metas anuales. Debe también establecer cuándo ustedes, como padres, recibirán informes periódicos sobre el progreso de su niño.
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Es muy importante que los niños con discapacidades participen lo más posible en el currículo educativo general. Es decir, ellos deben aprender el mismo currículo que los niños sin discapacidades, por ejemplo, lectura, matemática, ciencia, estudios sociales y educación física. En algunos casos, puede ser necesario que este currículo sea adaptado para que su niño aprenda, pero no debe ser omitido totalmente. También es importante que su niño participe en actividades extraescolares y otras actividades no académicas. El IEP de su niño debe ser escrito con ésto en mente.
Por ejemplo, ¿cuáles servicios de educación especial ayudarán a su niño a participar en el currículo educativo general—en otras palabras, a estudiar lo que los otros alumnos están estudiando? ¿Cuáles servicios o apoyos de educación especial ayudarán a su niño a participar en actividades extraescolares tales como un club escolar o deportes? Cuando el IEP de su niño sea desarrollado, una parte importante de la discusión será sobre cómo ayudar a su niño a tomar parte en las clases y actividades regulares en la escuela.
Muchas personas se reúnen para desarrollar el IEP de su niño. Este grupo se llama el Equipo del IEP e incluye la mayoría de los mismos tipos de individuos que formaron parte del equipo de evaluación. Los miembros del Equipo del IEP incluyen:
Usted(es), como padre(s);
Por lo menos un maestro de educación regular de su niño, si su niño está (o puede estar) participando en el ambiente de educación regular;
Por lo menos uno de los maestros de educación especial de su niño o uno de sus proveedores de educación especial;
Un representante del sistema escolar que (a) está calificado para proporcionar o supervisar la provisión de educación especial, (b) conoce acerca del currículo educativo general; y (c) conoce los recursos disponibles en el sistema escolar;
Un individuo que pueda interpretar los resultados de la evaluación y hablar sobre la instrucción que puede ser necesaria para su niño;
Su niño, cuando sea apropiado;
Otros individuos (invitados por usted o la escuela) que tienen conocimiento o pericia especial sobre su niño. Por ejemplo, usted podría invitar a un pariente cercano o al profesional que cuida a su hijo. La escuela podría invitar a un proveedor de servicios relacionados como un patólogo del habla y lenguaje o un terapeuta física.
Con su consentimiento, el sistema escolar también debe invitar representantes de cualquier otra agencia que pueda ser responsable de pagar o proporcionar servicios de transición (si su niño tiene 16 años de edad, o si es apropiado, si es menor de 16).
Sí, absolutamente. La ley es muy clara en este aspecto—los padres tienen el derecho a participar en el desarrollo del IEP de su niño. De hecho, su contribución es valiosa. Usted conoce muy bien a su niño, y la escuela necesita saber sus conocimientos y preocupaciones. Por esta razón la ley IDEA dice que los padres son miembros iguales en el Equipo del IEP.
El personal escolar tratará de programar la reunión del IEP durante una hora conveniente para que todos los miembros del equipo puedan asistir. Si la escuela sugiere una hora que resulta imposible para usted, explique su horario y necesidades. Es importante que usted asista a esta reunión y comparta sus ideas sobre las necesidades y potencialidades de su niño. A menudo, se puede arreglar otra hora o fecha.
Sí. Las regulaciones de IDEA dicen que la escuela puede tener una reunión del IEP sin usted si el personal escolar no puede convencerle de que usted como padre debería de asistir. Si ningún padre puede asistir a la reunión del IEP, la escuela debe tratar de usar otros métodos para asegurar su participación, incluyendo conferencias de video y llamadas telefónicas de conferencia o individuales.
Sin embargo, si usted todavía no puede asistir o participar en la reunión del IEP, la escuela puede tener la reunión sin usted—siempre y cuando mantenga un registro de sus esfuerzos para acordar un tiempo y lugar mutuo y los resultados de esos esfuerzos. Esto se puede cumplir a través de un registro detallado de:
Si la escuela sí se reúne sin usted, debe mantenerle informado sobre la reunión y cualquier decisión o acuerdo hecho allí. La escuela también tiene que preguntarle (y recibir) su permiso por escrito antes de proveerle servicios de educación especial y servicios relacionados a su hijo por primera vez.
El propósito de la reunión del IEP es de desarrollar el Programa Educativo Individualizado de su niño. Usted puede prepararse para esta reunión por medio de:
Sería una buena idea escribir lo que usted cree que su niño puede lograr durante el año escolar. Conozca los estándares estatales para el nivel de grado de su hijo. También puede ser útil tomar notas acerca de lo que le gustaría decir durante la reunión.
Durante la reunión del IEP, los diferentes miembros del equipo comparten sus ideas y sugerencias. Si es la primera reunión del IEP después de la evaluación de su niño, el equipo puede revisar los resultados de la evaluación para que las potencialidades y necesidades de su niño sean claras. Estos resultados ayudarán al equipo a decidir qué tipo de ayuda necesita su niño en la escuela.
Recuerde que usted es una importante parte del Equipo del IEP. Usted conoce su niño mejor que nadie. No sea tímido al hablar, aunque pueden estar presentes muchas otras personas en la reunión. Comparta lo que sabe acerca de su niño y lo que desea que los demás sepan.
Después de que los diferentes miembros del equipo (incluyendo usted) han compartido sus ideas y preocupaciones sobre su niño, el grupo tendrá una mejor idea de las potencialidades y necesidades de su niño. Esto permitirá que el equipo discuta y decida sobre:
El Equipo del IEP también hablará sobre los servicios relacionados que su niño puede necesitar para beneficiarse de su educación especial. IDEA enumera muchos servicios relacionados que las escuelas deben proporcionar si los niños elegibles los necesitan. Estos son:
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Servicios Relacionados Mencionados por IDEA
Transporte
Patología del habla-lenguaje
Servicios de audiología
Servicios de interpretación
Servicios psicológicos
Terapia física
Terapia ocupacional
Recreación (incluyendo recreación terapéutica)
Identificación y evaluación temprana de discapacidades en los niños
Servicios de consejería (incluyendo consejería de rehabilitación)
Servicios de orientación y movilidad
Servicios médicos para propósitos
diagnósticos o de evaluación
Servicios de salud en la escuela y servicios de una enfermera escolar
Capacitación y consejería para padres
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Esta lista no incluye todos los servicios relacionados que podría necesitar un niño o que el sistema escolar podría ofrecer. Para averiguar más acerca de estos servicios relacionados y cómo IDEA los define, le referimos a nuestra página Servicios Relacionados.
Ayudas y servicios suplementarios
Ayudas y servicios suplementarios también pueden desempeñar un papel fundamental en apoyar la educación de niños con discapacidades en la aula de educación general y su participación en una variedad de actividades escolares. Esto también es la intención de las ayudas y servicios suplementarios. Como es de esperar, estos apoyos pueden ser un tema de discusión in la reunión del IEP. Ejemplos incluyen, pero no son limitados a:
La decisión sobre cuáles ayudas y servicios suplementarios (si hay) van a apoyar el acceso de su hijo al currículo general y su participación en actividades escolares va a depender mucho en el tipo de discapacidad y las necesidades de su hijo. Quizás ninguna ayuda o servicio suplementario sea necesario o quizás su niño necesite muchos. El propósito de las ayudas y servicios suplementarios es permitir al máximo que su hijo sea educado con niños sin discapacidades.
Factores especiales
Dependiendo de las necesidades de su niño, el Equipo del IEP también puede discutir los factores especiales enumerados abajo:
Si la conducta de su niño interfiere con su aprendizaje o el aprendizaje de otros niños: El Equipo del IEP hablará acerca de estrategias y apoyos para tratar la conducta de su niño.
Si su niño tiene un dominio limitado del idioma inglés: El Equipo del IEP hablará sobre las necesidades del idioma de su niño en relación a su IEP.
Si su niño es ciego o visualmente impedido: El Equipo del IEP debe proveer por la instrucción en Braille o el uso de Braille, a menos que determine después de una evaluación apropiada que su niño no necesita esta instrucción.
Si su niño tiene necesidades para la comunicación: El Equipo del IEP debe considerar aquellas necesidades.
Si su niño es sordo o tiene dificultades auditivas: El Equipo del IEP debe considerar las necesidades del lenguaje y de comunicación de su niño. Esto incluye las oportunidades de su niño para comunicarse directamente con sus compañeros de clase y personal escolar en su método usual de comunicación (por ejemplo, lenguaje de señas).
Tecnología de asistencia
El Equipo del IEP también hablará sobre si acaso su niño necesita cualquier aparato o servicio de tecnología de asistencia. Los aparatos de tecnología de asistencia pueden ayudar a muchos niños hacer ciertas actividades o tareas. Algunos ejemplos de estos aparatos incluyen:
Los servicios de tecnología de asistencia incluyen la evaluación de su niño para ver si él o ella puede beneficiarse del uso de un aparato asistencial. Estos servicios también incluyen proveer los dispositivos necesarios y entrenar al niño en el uso del dispositivo. Si es apropiado, su familia y/o los profesionales que trabajan con su niño también podrían recibir entrenamiento en el uso del dispositivo.
Para más información sobre la tecnología de asistencia, visite al Centro de Tecnología y Discapacidad, en:
http://ctdinstitute.org/
Servicios de transición
Usted quizás ha notado que el IEP incluye el componente “servicios de transición.” Ahora quisiéramos tomar una mirada más de cerca sobre este componente, porque es un tiempo muy importante en la vida de su hijo—y una parte muy importante del IEP cuando llegue el momento.
A partir del momento cuando su hijo cumpla 16 años (o antes, si es apropiado), el Equipo del IEP le ayudará a su hijo o hija a planificar el futuro para la vida después de la escuela secundaria e incluirá declaraciones en el IEP con respecto a:
IDEA define “servicios de transición” como un conjunto coordinado de actividades para un niño con una discapacidad que ha sido diseñado de acuerdo a un proceso orientado hacia los resultados, el cual se enfoca en mejorar el logro académico y funcional del niño con una discapacidad y facilitar su traslado de la escuela a actividades postsecundarias. Estas actividades pueden incluir la educación universitaria, educación vocacional, empleo integrado (incluyendo empleo con apoyos), educación continua y para adultos, servicios para adultos, vida independiente o participación comunitaria.
Con respecto a su niño, este conjunto coordinado de actividades:
Servicios de transición pueden ser entregados como educación especial, si representan instrucción especialmente diseñada, o como un servicio relacionado, si se requieren para asistir a un niño con una discapacidad en beneficiarse de la educación especial.
Otras observaciones en cuanto a la reunión del IEP
Como puede ver, hay muchos asuntos importantes que discutir en una reunión del IEP. Usted pudiera sentirse muy emocional durante la reunión cuando los demás estén hablando acerca de las necesidades de su niño. Trate de tener en mente que los otros miembros del equipo están allí para ayudar a su niño. Si usted escucha algo que le sorprende acerca de su niño, o algo que es diferente a la manera en que usted ve a su niño, traiga ésto a la atención de los otros miembros del equipo.
Para diseñar un programa apropiado para su niño, es importante trabajar estrechamente con los otros miembros del equipo y compartir sus sentimientos acerca de las necesidades educacionales de su niño. Siéntase libre de hacer preguntas y ofrecer sus opiniones y sugerencias.
Determinando la Ubicación de su Niño
Basándose en las discusiones anteriores, el Equipo del IEP escribirá el IEP de su niño. Esto incluirá los servicios y apoyos que la escuela proporcionará para su niño. También identificará la ubicación donde los servicios particulares serán proporcionados. La ubicación de su niño (donde se realizará el IEP):
La decisión sobre la ubicación será tomada por un grupo de personas, incluyendo usted como padre, y otras personas que conocen a su niño, el significado de los datos de la evaluación, y las opciones para la ubicación. En algunos estados, el Equipo del IEP sirve como el grupo que decide la ubicación. En otros estados, la decisión sobre la ubicación es tomada por otro grupo de personas. En todos los casos, los padres tienen el derecho a ser miembros del grupo que toma decisiones sobre la ubicación educacional de su niño.
Dependiendo de las necesidades de su niño y los servicios que recibirá, el IEP podría ser realizado:
¿Cuál de estas ubicaciones es la mejor para su niño? La ley IDEA prefiere firmemente que los niños con discapacidades sean educados en la clase de educación general para que tengan la oportunidad de aprender y trabajar juntos con sus compañeros sin discapacidades. De hecho, la ubicación en la clase de educación regular es la primera opción que el Equipo del IEP debe considerar. Debería preguntar: ¿Con el apoyo de ayudas y servicios suplementarios, puede ser educado satisfactoriamente su niño en ese lugar?
La escuela debe obtener su consentimiento informado y por escrito antes de la provisión de educación especial y servicios relacionados a su niño por primera vez y tiene que hacer esfuerzos razonables para obtener este consentimiento.
Si usted no responde a la solicitud para su consentimiento para el inicio de educación especial y servicios relacionados, o si usted niega proporcionar su consentimiento, el sistema escolar no puede pasar por encima de la falta de consentimiento y poner en práctica el IEP. La escuela no será considerada en violación de sus obligaciones de proveer una educación gratis y apropiada a su hijo.
Su falta de consentimiento, sin embargo, significa que su hijo no recibirá educación especial o servicios relacionados como parte de su educación.
Sí. En cualquier momento después de dar su consentimiento inicial, usted puede revocar, por escrito, su consentimiento para la provisión de educación especial y servicios relacionados. Una vez que ha revocado su consentimiento, el sistema escolar no puede seguir proporcionando educación especial y servicios relacionados a su hijo. Tampoco puede usar la mediación o el proceso legal debido para tratar de sobrepasar su revocación de consentimiento.
Una vez que su consentimiento sea revocado, su hijo ya no recibirá los servicios y apoyos que estaban incluidos en su IEP. Además, hay una serie de otras consecuencias que puedan surgir, tales como la forma en que su niño puede ser disciplinado. Por lo tanto, antes de revocar su consentimiento, es importante que usted haga preguntas sobre cómo la educación de su hijo será afectada.
Sí. Una reunión deberá ser programada con usted por lo menos una vez al año, con el fin de revisar el progreso de su niño y desarrollar el siguiente IEP de su niño. Pero no es necesario que espere esta revisión anual. Usted (o cualquier otro miembro del equipo) puede pedir que el IEP de su niño sea analizado o revisado en cualquier momento.
Esta reunión será similar a la reunión del IEP descrita anteriormente. El equipo hablará acerca de:
Esta reunión anual del IEP—y cualquier reunion del IEP periodica durante el año—permite que usted y la escuela revisen el programa educacional de su niño y lo cambien como sea necesario.
Sí. Si usted y la escuela quieren modificar el IEP de su hijo después de la reunión anual del IEP, usted y la escuela pueden acordar a no convocar una reunión del IEP. En vez, usted y la escuela desarrollarán un documento escrito que enmendara el IEP de su hijo. Si hay cambios al IEP de su hijo, todos los miembros del Equipo del IEP deben ser informados de los cambios. Si usted lo pide, la escuela le dará una copia del IEP revisado.
No. Cuando convoquen una reunión del IEP, usted y la escuela pueden acordar usar otros métodos de participación. Por ejemplo, algunos miembros pueden participar por videoconferencia o por llamadas de conferencia.
Sí, pero bajo ciertas condiciones y sólo si los padres y el sistema escolar están de acuerdo. Si el área del miembro (p.ej., el currículo o servicios relacionados) no va a ser modificado o discutido durante la reunión, el miembro puede ser excusado de la reunión. Usted, como padre, y el sistema escolar tendrían que dar su consentimiento por escrito.
Cuando sí se va a modificar o discutir el área del miembro del Equipo del IEP, el miembro puede ser excusado de asistir la reunión bajo estas condiciones:
Sí. Bajo IDEA, su niño debe ser reevaluado por lo menos cada tres años, a menos que usted y la escuela estén de acuerdo que la reevaluación no es necesaria. El propósito de esta reevaluación es de averiguar si:
Esta reevaluación es similar a la evaluación inicial. Comienza por estudiar la información ya disponible sobre su niño. Más información es coleccionada sólo si es necesario o si usted lo solicita. Si el grupo decide que son necesarias evaluaciones adicionales, usted debe dar su consentimiento por escrito antes de que el sistema escolar pueda coleccionar esa información. El sistema escolar sólo puede seguir adelante sin su consentimiento escrito si ha tratado de conseguir su consentimiento pero usted no respondió.
Aunque la ley requiere que los niños con discapacidades sean reevaluados por lo menos cada tres años, su niño puede ser reevaluado más seguido si usted o el sistema escolar lo solicita. Sin embargo, las reevaluaciones no pueden ocurrir más de una vez al año, a menos que usted y el sistema escolar acuerdan que una reevaluación es necesaria.
Usted tiene el derecho de no estar de acuerdo con las decisiones de la escuela acerca de su niño. Esto incluye decisiones sobre:
En todos los casos cuando la familia y la escuela no están de acuerdo, es importante que ambos lados primero discutan sus preocupaciones y traten de llegar a un compromiso. El compromiso puede ser temporal.
Por ejemplo, usted y la escuela podrían ponerse de acuerdo de probar un plan de instrucción o una ubicación particular por cierto periodo de tiempo. Al final de ese periodo, la escuela puede revisar el progreso de su niño. Usted y los otros miembros del Equipo del IEP pueden reunirse nuevamente, hablar sobre cómo le va a su niño, y decidir qué hacer entonces. El periodo de prueba puede ayudar a usted y la escuela a llegar a un acuerdo confortable sobre cómo ayudar a su niño.
Si aún no puede ponerse de acuerdo con la escuela, es útil saber más acerca de las protecciones para padres y niños bajo IDEA. La ley y sus regulaciones incluyen maneras para que los padres y escuelas resuelvan disputas. Estas incluyen la mediación, el proceso legal debido, y presentar una queja con su Agencia de Educación Estatal (SEA, por sus siglas en inglés). Usted siempre tiene el derecho de rechazar a dar su consentimiento para la provisión inicial de educación especial y servicios relacionados, o de cancelar todos los servicios de educación especial y servicios relacionados para su hijo sin tener que usar la mediación o proceso legal debido, o presentar una queja.
Hay mucho que aprender sobre cada una de estas maneras de resolver los desacuerdos con la escuela. Si quiere aprender más sobre este tema, visite Cómo Resolver Disputas Entre Familias y Escuelas.
Usted puede también llamar al Centro de Capacitación e Información para Padres (PTI) en su estado. En varias ocasiones hemos mencionado los PTIs en esta publicación. Son un excelente recurso para que los padres aprendan más sobre la educación especial. Identifique su PTI en: http://www.parentcenterhub.org/find-your-center
Siempre recuerde que usted y la escuela harán muchas decisiones en conjunto sobre la educación de su niño durante el tiempo que su hijo asista a la escuela y continúe siendo elegible para la educación especial y servicios relacionados. Una buena relación de trabajo con el personal de la escuela es importante ahora y en el futuro. Por lo tanto, si surjen desacuerdos, trate de trabajar con los otros miembros del Equipo del IEP antes de presentar una queja o solicitar una mediación o el proceso legal debido. Uds. y la escuela quieren el éxito para su hijo y trabajando juntos puede hacer que ésto suceda.
SOURCE ARTICLE: Center for Parent Information & Resources
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